Descripción
A corto plazo: reducción del IVA al 14%, establecimiento de un IRPF con tipo único del 10% y un Impuesto de Sociedades también con tipo único del 10%, siguiendo el modelo búlgaro. A largo plazo: todos los impuestos convergerán hacia un tipo del 4%, en la medida en que el PIB lo permita y conforme se vayan modificando las leyes que regulen la fiscalidad y los ingresos públicos.
Explicación ampliada
La reducción progresiva de los impuestos principales —IVA, IRPF y Sociedades— representa un cambio estructural en el modo en que se concibe la relación entre el individuo, la empresa y el Estado. Supone abandonar el paradigma redistributivo que penaliza la productividad y premiar, en cambio, la responsabilidad económica y la libre cooperación. Tal medida descansa en una premisa central: el fruto del trabajo, del ahorro y de la inversión pertenece a quien lo produce, no a la administración. Reducir los impuestos no es, por tanto, un acto de “generosidad estatal”, sino la restitución de un derecho arrebatado.
Economistas como Juan Ramón Rallo y Friedrich Hayek han insistido en que la tributación progresiva erosiona el vínculo entre esfuerzo y recompensa, distorsiona los precios relativos y frena la acumulación de capital. El resultado es un sistema económico menos productivo y más dependiente del gasto político. Por ello, un tipo único y reducido simplifica el sistema fiscal, elimina privilegios, evita la ingeniería tributaria y convierte la recaudación en un proceso transparente, comprensible y justo.
Autores como Ludwig von Mises o Robert Nozick sostienen que el impuesto no debe ser un instrumento de coacción moral ni de ingeniería social, sino un mecanismo limitado de sostenimiento del marco institucional que protege la propiedad y el contrato. En este sentido, el modelo búlgaro —tipo plano del 10% en renta y sociedades— ha demostrado que una estructura fiscal simple genera más inversión, mayor formalización del empleo y un crecimiento más robusto, con un Estado más pequeño y eficiente. A medida que el PIB crezca, una reducción al 4% se convierte en el horizonte lógico de un sistema que busca financiar un Estado reducido y descentralizado, en línea con las teorías de Milton Friedman y James Buchanan sobre la eficiencia del gasto mínimo.
Esta política fiscal no persigue “recaudar mejor”, sino recaudar menos; no busca favorecer sectores específicos, sino liberar a todos de una carga improductiva que asfixia el consumo y la creación de riqueza. En términos de filosofía política, supone devolver el poder económico a los ciudadanos y reafirmar que la prosperidad no nace de la redistribución coactiva, sino del intercambio voluntario.
Impacto jurídico
La aplicación de esta reforma implicaría una profunda modificación de la legislación tributaria española y de la estructura presupuestaria del Estado. Entre las leyes afectadas destacan:
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que debería ser reformada para reducir el tipo general al 14% y establecer un esquema de transición hacia el 4%.
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que requeriría la eliminación de tramos y deducciones para implantar un tipo único del 10% inicialmente, reduciéndose gradualmente hasta el 4%.
- Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que pasaría a un tipo único del 10% y posteriormente del 4%, simplificando el cálculo de la base imponible y eliminando bonificaciones.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que debería adaptarse a un sistema fiscal de tipo plano y de baja presión, limitando la discrecionalidad administrativa y reforzando el principio de neutralidad impositiva.
- Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que tendría que revisarse para acompañar la reducción impositiva con una contención estructural del gasto público.
- Constitución Española (artículos 31 y 133), cuya interpretación actual sobre progresividad fiscal y suficiencia financiera del Estado podría requerir una reforma constitucional o una reinterpretación que priorice la proporcionalidad impositiva sobre la redistribución.
En síntesis, esta propuesta redefine la fiscalidad española como un sistema neutral, de bajo coste y orientado a la productividad, donde el ciudadano recupera el control de su renta y el Estado se ajusta a su función mínima de garante del derecho, no de redistribuidor de rentas.
